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Multiafiliación

En el Sistema General de Seguridad Social en Salud, ninguna persona podrá estar afiliada simultáneamente en el Régimen Contributivo y Subsidiado, ni estar afiliada en más de una Entidad Promotora de Salud, ostentando simultáneamente alguna de las siguientes calidades: cotizante, beneficiario y/o cotizante y beneficiario. Igualmente se aclara que todo el grupo familiar deberá estar a filiado a través de la misma EPS, en cabeza de uno de los dos cotizantes (sí hay mas de un cotizante)

Los casos que ocasionan la multiafiliación son:

  • Cuando el afiliado cambia de EPS antes de los términos previstos.
  • Cuando la doble afiliación obedezca a un error no imputable al afiliado.
  • Cuando un afiliado se encuentre en mora por el no pago de cotizaciones en la anterior EPS.
  • Cuando una persona se encuentra inscrita simultáneamente en el Régimen Contributivo y en el Régimen Subsidiado.
  • Cuando un beneficiario no ha sido retirado de la EPS anterior y es afiliado por su cotizante en la nueva EPS, quedando vigente su anterior afiliación.

Será deber de todos los empleadores instruir de manera suficiente al nuevo trabajador sobre la multiafiliación y sus consecuencias.

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