| Definición en dependientes |
Salario básico mas todo lo demás que constituya factor salarial, excepto auxilio de transporte. Para los pensionados la base será la mesada pensional
En caso de varios empleadores, se aportará a través de cada uno, a la misma EPS, el 12,5 % sobre cada ingreso percibido, sin superar la base máxima |
| Definición en independientes |
Ingresos declarados versus el arrojado por el Sistema de Presunción de ingresos (con base en actividad económica, escolaridad, trabajadores a cargo, entre otra información) aplicando el más alto entre éstos. La base se aplica hasta enero de cada año, máximo plazo para modificarla o se entenderá incrementada en un porcentaje igual al de incremento del SMMLV. Si la modificación realizada por el independiente excede el 40% de la base anterior, dichos excedentes no se tendrán en cuenta para liquidación de prestaciones económicas |