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Criterios que enmarcan las políticas de moviliad y traslados - Incapacidades

  1. Si esta en curso se suspende el traslado del afiliado, hasta el primer día hábil del mes siguiente a aquel en el cual termina la incapacidad.
  2. Cuando se trata de procedimientos de alta complejidad y el usuario se encuentra internado en entidad hospitalaria, la oportunidad para el traslado se realizará el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que es dado de alta.

Soporte legal criterios: Decreto 1406 art 44 parágrafo 2.


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