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Autoliquidación y aportes - Cotización para profesoresLos profesores de establecimientos particulares de enseñanza, cuyo contrato de trabajo se entienda celebrado por el período escolar, tienen derecho (y se trata de un derecho irrenunciable) a que el empleador efectúe los aportes al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud por la totalidad del semestre o año calendario respectivo, según sea el caso, aún en el evento en que el período escolar sea inferior al semestre o año calendario. (Artículo 69, Decreto 806/98) |