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Causales de desafiliación

Pérdida de capacidad de pago dependiente o independiente con novedad de retiro, que no tiene capacidad económica para seguir aportando.

En estos casos, finalizados 6 meses de la desafiliación de la EPS, se entenderá desafiliado del Sistema , con pérdida de la antigüedad.

  • 3 Meses continuos de suspensión por no pago de las cotizaciones o de la UPC adicional (mora de 4 meses continuos).
  • 3 meses de suspensión por falta de soportes de afiliación.
  • Comprobación por parte de la EPS de Beneficiarios que no tienen derecho a estar afiliados como tales (el cotizante también pierde la antigüedad).
  • Fallecimiento del cotizante, salvo que exista otro cotizante en el grupo familiar, quien quedará cómo cabeza de grupo.
  • Cuando la Superintendencia Nacional de Salud defina quejas o controversias de MULTIAFILIACIÓN.
  • Cuando se incurra en las denominadas "prácticas no autorizadas", que afecten la libre escogencia por parte del afiliado (Decreto 1485 /94), así:
    • Ofrecer incentivos para lograr la renuncia del afiliado (tratamientos antes de cumplir con periodos de carencia, bonificaciones, pagos u otros).
    • Utilizar mecanismos que discriminen por alguna causa al afiliado.
    • Terminación unilateral del contrato con los afiliados o negación de la afiliación a quien desee afiliarse, salvo en casos de utilización abusiva de servicios o mala fe por parte del afiliado.

En todo caso, será deber de la EPS informar a los usuarios respecto de la desafiliación (1 mes antes de ésta) y adicionalmente al empleador o entidad pensionadora según el caso, cuando la causal es mora. Dicha información será suministrada semestralmente a la Superintendencia Nacional de Salud.

En el evento de recuperar la capacidad de pago antes de que opere la pérdida de antigüedad, debe reingresar a la misma EPS a la cual se encontraba afiliado, cuando no cumpla con los requisitos de MOVILIDAD en el Sistema. Sí la desafiliación fue por mora en el pago de aportes, independientemente de la antigüedad adquirida, deberá afiliarse nuevamente a la misma EPS en la cual se encontraba vinculado y pagar la totalidad de valores adeudados con los intereses generados por mora.

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