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Usted está en: inicio > empleadores > reporte sus novedades Reporte a tiempo sus novedades y evite sanciones legalesSeñor empleador:Recuerde retirar dentro de los 10 primeros días calendario de cada mes a los trabajadores que ya no laboren en su empresa. Evite sanciones legales, Reforma laboral numeral 18 del artículo 24 de la ley 789 de 2002. Usted dispone de las siguientes herramientas para el reporte de sus novedades:
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