Productos y servicios

Usted está en: Empleadores

Módulo Proveedores en Transacciones en línea

Bienvenido a la nueva funcionalidad que tiene a su disposición Compensar, para:

  • Generación de reportes de pagos y los certificados de retención en la fuente
  • Retención de IVA y retención de Industria y Comercio efectuados por Compensar a su entidad

más información

¿Su empresa tiene más de 30 empleados?

Formulario único del Ministerio para la Protección SocialRecuerde:

A partir del 1 de Febrero de 2007 los aportantes y pagadores de pensiones que cuenten con 30 o más cotizantes, deberán autoliquidar y pagar los aportes al Sistema de la Protección Social vía Internet mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.

Ingrese a www.miplanilla.com, sitio donde podrá registrarse y llevar a cabo el proceso corresponde paga los pagos de:

  • Salud
  • Pensión
  • Caja de Compensación
  • ARP
  • SENA
  • ICBF
  • ESAP
  • Ministerio de Educación

Mayor información 3 07 70 06

 

Estratificación para el cobro de Cuotas Moderadoras y Copagos

Nos permitimos informar que a partir del mes de Julio de 2006, los estratos de los usuarios del Plan Obligatorio de Salud (POS), con los cuales se determina el monto de las Cuotas Moderadoras y Copagos que debe pagar cada usuario, serán modificados mensualmente.

Se tendrá en cuenta el Ingreso Base de Cotización (IBC), reportado por el empleador en la autoliquidación del mes inmediatamente anterior o en los recibos de pago para trabajadores independientes.

En caso de que exista más de un cotizante por núcleo familiar, se considerará como base para dicha estratificación el menor ingreso declarado.

Mayores informes:

  • Gerencia de Operaciones
  • Central Telefónica 444 1234
  • PBX 4285066

MiPlanilla.com

Al ingresar al sitio www.miplanilla.com usted tendrá acceso al sistema que le permite diligenciar el Formulario Único del Ministerio de la Protección Social.

más información

Reporte a tiempo sus novedades y evite sanciones legales

Señor empleador:

Recuerde retirar dentro de los 10 primeros días calendario de cada mes a los trabajadores que ya no laboren en su empresa. Evite sanciones legales, Reforma laboral numeral 18 del arículo 24 de la ley 789 de 2002.

Usted dispone de las siguientes herramientas para el reporte de sus novedades:

Representante legal

Teniendo en cuenta que el subsidio en dinero que se paga a los trabajadores con derecho, son dineros que ostentan la calidad de parafiscales, nos permitimos informar los siguientes aspectos a tener en cuenta.

más información

Información / trámites

Formatos Caja

Formatos EPS

Caja de Compensación Familiar Compensar
Central Telefónica al usuario servicios de salud: 444 1234 servicios de caja: 3 07 70 01

Sede Empresarial: Avenida 68 No.49A - 47
Unidad de Servicios El Salitre: Avenida CLL 26 No 66 A – 48
Unidad de Servicios Norte: Calle 134 No.7B - 83 Local 17
Unidad de Servicios Kennedy: Transversal 78H No.41C-48 Sur
AsocajasUnidad de Servicios Calle 42: Calle 42 No.13-19
Centro Urbano de Recreación CUR: Carrera 61 No.49B-23
Centro de Entretenimiento Familiar CEF: Avenida 68 No.49A - 47
Club Campestre Cajicá: Kilómetro 4, vía Zipaquirá

Vigilado: Superintendencia del subsidio familiar / Superintendencia de salud compensar